29/10/10

Asistencia Jurídica Gratuita

El derecho de Asistencia Jurídica Gratuita permite a los ciudadanos el acceso a la Justicia, acreditando que carecen de recursos para litigar. De esta forma se garantiza el derecho fundamental de todos los ciudadanos, consagrado en la Constitución Española, a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales, sin que en ningún caso se produzca indefensión.
• 1.- CÓMO SOLICITARLO
• 2.- DÓNDE INFORMARSE
• 3.- REQUISITOS
1.- CÓMO SOLICITARLO
1.- Cumplimentar el impreso de SOLICITUD DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA, en su totalidad.
2.- Acompañar al mismo la documentación que acredite las circunstancias económicas del interesado y, en su caso, del cónyuge o pareja de hecho, de acuerdo a la siguiente relación:
DOCUMENTACIÓN GENERAL. A PRESENTAR EN TODOS LOS CASOS
- Fotocopia DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia.
- Fotocopia del Libro de Familia.
- Fotocopia completa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del último ejercicio presentado o certificado negativo expedido por la Administración Tributaria.
- Certificado de bienes expedido por la oficina de Catastro.
- Certificado de Empadronamiento donde figuren todas las personas que viven en el domicilio del solicitante./
- Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
DOCUMENTACIÓN ECONOMICA, ATENDIENDO A LAS CIRCUNSTANCIAS DEL INTERESADO
- Trabajadores por cuenta ajena
o Certificado de la Empresa donde se haga constar el salario anual bruto.
o Fotocopia de las cuatro últimas nóminas.
- Trabajadores por cuenta propia/
o Fotocopia últimas declaraciones trimestrales IVA e IRPF y resumen anual.
- Desempleados
o Certificado expedido por el Instituto Nacional de Empleo en el que conste el periodo de desempleo y percepción de subsidios, indicando la cuantía mensual.
- Pensionistas
o Certificado expedido por el Organismo Público o Privado que abone la pensión, donde conste el importe mensual.
• SOLICITUD DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA(pdf, 0.1Mb).
2.- DÓNDE INFORMARSE
En el Servicio de Orientación Jurídica más cercano a su domicilio puede solicitar información sobre la cumplimentación de la solicitud, el procedimiento judicial adecuado, así como qué Juzgado es el competente y dónde puede presentar la solicitud y los documentos.
En los procedimientos judiciales ya iniciados la presentación de la solicitud no interrumpe los plazos que el Juzgado haya concedido, por lo que el interesado deberá acudir al Órgano Judicial a comunicar que ha solicitado Asistencia Jurídica Gratuita y solicitar la suspensión de los plazos.
3.- REQUISITOS
El requisito básico para la concesión del derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita es el económico. Se reconocerá el derecho a aquellas personas físicas cuyos recursos e ingresos económicos, computados anualmente, por todos los conceptos y por unidad familiar, no superen el doble del IPREM: INDICADOR PUBLICO DE RENTA DE EFECTOS MULTIPLES. En el año 2008 las cuantías fijadas son las siguientes:
IPREM DIARIO:
IPREM MENSUAL:
IPREM ANUAL:
Los ingresos computables serán siempre los de la Unidad familiar:
- La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere, los hijos menores con excepción de los que se hallaren emancipados.
- La formada por el padre o la madre y los hijos que reúnan los requisitos a que se refiere la regla anterior.
Se tendrán en cuenta asimismo otros bienes que pudiera acreditarse, así como cuentas bancarias, capital, etc.


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3/10/10

Fotos de Rumania



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